Katia (seudónimo) logró recuperar su libertad el pasado 19 de octubre luego de ser criminalizada a sus 22 años por sufrir una emergencia obstétrica en 2019. Es una de las más de 180 mujeres que han sufrido de las consecuencias de la total penalización del aborto instaurada en 1997.
“Nos sentimos satisfechas porque hemos logrado que otra mujer recupere su libertad. Una vez más hemos logrado enfrentar y revertir los afanes criminalizadores, que sin fundamentos y pruebas que demuestren la comisión de un delio, persiguen, acusan y buscan condenar a mujeres que han sufrido una emergencia obstétrica”, expresó Morena Herrera, presidenta de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto.
En 2019, ella “sintió ganas de ir al baño” y tuvo el parto extrahospitalario. En ese momento se encontraba dentro de su casa con su hijo de dos años. Sus familiares la llevaron a ella y al recién nacido a un centro de salud para que fueran atendidas. “A ella la denunciaron y su hija falleció”, expuso la organización.
A partir de esto, Katia permaneció en la cárcel hasta la audiencia preliminar el 28 de octubre. En esta, se le otorgó sobreseimiento provisional debido a que la Fiscalía General de la República (FGR) no presentó ninguna prueba. La causa penal seguía abierta, pues el sobreseimiento provisional no finaliza el proceso judicial.
A inicios del 2022 y ante el intento de apelación de la FGR, el juez resolvió la no reapertura del juicio debido a la falta de pruebas. Sin embargo, la FGR presentó una apelación, esta vez ante la Cámara de la Tercera de Occidente Ahuachapán. La defensa de Katia contestó y el 13 de septiembre de 2022 la Cámara confirmó la no reapertura.
El 19 de octubre, el juez del caso decretó el sobreseimiento definitivo, terminando con el proceso judicial en favor de Katia.
“La administración de justicia y el Gobierno deben comprender que es su responsabilidad garantizar el derecho a la salud, protección judicial asegurando el derecho a la presunción de inocencia de las personas. Pero, sobre todo, deben comprender que las emergencias obstétricas son problemas de salud y no delitos, deben ser atendidos y tratados por regulaciones de salud y no penales”, dijo Herrera.
La legislación salvadoreña establece que el aborto es penalizado con ocho años de cárcel, sin importar que se quiera realizar por afectaciones a la salud de la madre o la imposibilidad de la sobrevivencia del feto fuera de la madre y violaciones sexuales. Además, cuando sufren emergencias obstétricas o partos extrahospitalarios, frecuentemente son acusadas de homicidio agravado, donde pueden sufrir de condenas mayores a los 50 años de prisión.
En una nota escrita por VOCES se evidenció que esto afecta en su mayoría a mujeres de escasos recursos.
Por esta situación, el Estado salvadoreño ya ha sido condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) como es en el caso de Manuela, en donde la Corte indicó que el Estado violó distintos derechos humanos de ella por haberla criminalizado tras sufrir un aborto espontáneo.