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Foto de la Asamblea Legislativa

Abogados alegan que incremento de pena en delitos comunes, entre otras reformas penales, no son compatibles con un Estado de derecho

Durante una entrevista radial de la YSUCA, los abogados penalistas Otto Flores y Jayme Magaña se refirieron a las reformas al Código Penal y Procesal Penal que fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa a inicios de febrero de 2025, que incluyen un incremento de penas de delitos simples y otros, así como una ampliación de la detención provisional.


“Consideramos que no son parte de un Estado de derecho de un país democrático”, manifestó Otto Flores, abogado penalista.


Ambos abogados también denunciaron recientemente este hecho ante Naciones Unidas.


Entre las reformas al Código Penal sobre los que los expertos calificaron como preocupantes se encuentran el aumento de penas a los delitos como hurto, robo y estafa. El hurto pasó de ser penado de entre 2 y 5 años, a 6 y 8 años de cárcel. El hurto agravado pasó de entre 5 y 8 años, a 10 y 15 años de prisión. El robo antes era sancionado con prisión de 6 y 10 años y ahora será sancionado con 10 a 20 años, y el robo agravado que antes era penado de 8 y 12 años, a entre 20 y 30 años.


Este último delito, comparándose a la cantidad de años sancionados a homicidio simple y agravado. El homicidio simple que antes era penado de 10 a 20 años será sancionado con una pena entre 25 y 35 años; y el agravado, que antes de la reforma era de 30 a 50 años de prisión, ahora podrá condenarse con hasta 60 años.

Los abogados calificaron estos cambios como “penas exageradamente altas” y que buscan, por un lado, atemorizar a la población.


“Lejos de contener la situación económica en la que estamos, lo primero en que piensan es contener a la sociedad. Simplemente tiene que haber un techo justo y un proceso penal justo”, dijo Jayme Magaña.


La nueva ola de reformas también incluyó lo establecido para la detención provisional. “(…) En ningún caso podrán sobrepasar la pena o medida máxima previstas en la ley, ni exceder el plazo de doce meses para los delitos menos graves y de veinticuatro meses para los delitos graves”, dicta el artículo 8, inciso segundo. Sin embargo, con los cambios aprobados, el mismo artículo señala que la detención provisional sí podrá exceder el periodo de tiempo en situaciones excepcionales.


“La privación de libertad podrá extenderse mediante resolución fundada por el equivalente de la media pena dispuesta para el delito imputado y en el caso que se imputen varios delitos por la mitad de la pena señalada en el delito más grave, durante o como efecto del trámite de los recursos de sentencia condenatoria”, dictaron para el artículo 8 con las reformas aprobadas en el Código Procesal Penal.


“Esta reforma, al analizarla, va más encaminada al colapso que tenemos ya por el tema del régimen de excepción, porque los dos años no van a alcanzar. Centros penales a los familiares de personas privadas de libertad les están diciendo que no estén pidiendo audiencia sino hasta el 2027. Las reformas al Código Procesal Penal les permiten tener diez años, quince años, detenida a una persona en vías de investigación, lo que vulnera el debido proceso porque ya se ha establecido a nivel del sistema interamericano de derechos humanos que debe haber un término prudencial para la detención”, sostuvo Magaña.


Otto Flores se refirió además a la reforma del artículo 417, del Código Procesal Penal, respecto al proceso abreviado. Este mecanismo se utiliza cuando una persona acepta ante Fiscalía el delito por el que es procesado y lo dejan en libertad firmando durante determinado tiempo. La reforma añade que este proceso se aplicará también cuando la persona señale “copartícipes y cómplices”.


“El problema que tenemos es que mucha gente va a estar dispuesta a señalar a veces a gente que puede ser inocente por tal de ser beneficiado en el tema del proceso abreviado, reduciendo su tiempo en la cárcel. Esta reforma es simplemente para facilitarle a Fiscalía poder condenar a la gran mayoría de gente que está dentro del régimen”, manifestó Flores.

Con edición de Diego Hernández

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Director Editorial de VOCES

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