Periodistas argumentan que se legalizará el espionaje.
Los diputados oficialistas aprobaron en la sesión plenaria número 41 distintas reformas al Código Procesal Penal donde tipifican la figura de “evidencia digital”, autorizan los agentes encubiertos digitales para la investigación de posibles crímenes y la emisión de medidas cautelares para cerrar sitios web y perfiles.
De acuerdo con la Mesa de Protección a Periodistas, las reformas legalizan el espionaje digital. “No establece cuánto tiempo ni por qué delito se puede usar la figura. De alguna forma, se está legalizando el espionaje”, dijo el presidente de la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), César Fagoaga.
La reforma establece que se puede hacer uso de agentes encubiertos digitales cuando se esté llevando a cabo una investigación de cualquier delito cometido en la Ley Especial contra los Delitos Informáticos y Conexos u otro delito en leyes penales especiales. Estas estarán a cargo de la Policía Nacional Civil (PNC), con autorización escrita de la Fiscalía General de la República (FGR).
Si bien Fagoaga mencionó que están de acuerdo en que las autoridades dispongan de herramientas para investigar el cometimiento de delitos, no confía en la utilización sensible de estas por parte de ellos. “La evidencia de cómo se han comportado estas instituciones en el pasado hacen desconfiar plenamente de ellas”, expresó, recordando el caso de espionaje con el software de Pegasus a más de 30 periodistas y personajes de ONGs.
Por su parte, los diputados opositores pertenecientes a Nuestro Tiempo, VAMOS y ARENA, Johnny Wright Sol, Claudia Ortiz y Rosy Romero, respectivamente, también dijeron que el tema de la ciberseguridad es importante, pero no se puede esperar que se haga un buen uso de las herramientas que las reformas le brindarán al gobierno.
“Sin duda es necesario que la legislación vaya innovando en estos temas, pero así no”, aseveró Ortiz. La diputada de VAMOS señaló que, ayer, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Relatoría Especial de la (RELECIDH) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) instaron al Estado salvadoreño a esclarecer los hechos del caso de espionaje con Pegasus. El informe de Citizen Lab no pudo concluir que el espionaje fue ordenado por el gobierno salvadoreño, pero lo sugiere fuertemente.
Wright Sol expresó que él, junto con su partido, consideraron que las reformas eran la “vía para legalizar” el espionaje a periodistas y críticos del gobierno.
Posición oficialista
El diputado de Nuevas ideas, que fue uno de los principales impulsores de las reformas, Francisco Villatoro, argumentó que estas eran necesarias para que la investigación efectiva de crímenes que se están cometiendo en los espacios digitales.
“Se están utilizando diferentes tecnologías de la información y la comunicación para el cometimiento de los mismos. Solo en 2021 se recibieron más de 8000 denuncias relacionadas a los ciberdelitos”, dijo.
Además, dijo con seguridad que había funcionarios y diputados que estaban utilizando cuentas falsas para “estafar a la población, incluso solicitando datos personales, ayuda económica, entre otros”.
El diputado del mismo partido, Walter Coto, expuso que las reformas eran necesarias, ya que el Código Procesal Penal actual se encontraba desfasado en cuanto a la investigación de delitos informáticos. Además, dijo que las únicas personas que se oponían eran “delincuentes”. “Realmente los que se oponen a estas reformas y a esta incorporación de estos artículos solamente son los delincuentes”, mencionó.
Otros aspectos
Entre las otras reformas aparte de la aprobación de tener agentes encubiertos que investiguen posibles delitos digitales se encuentran las de la delimitación de lo que conforma “evidencia digital” y la utilización de medidas cautelares para cerrar sitios web y perfiles.
De acuerdo con la reforma, la evidencia digital quedará definida como: “los documentos digitales, mensajes electrónicos, imágenes, videos, datos y cualquier tipo de información que sea almacenada, recibida o transmitida a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación o por medio de cualquier dispositivo electrónico”, menciona el artículo 259-A.
Sobre las medidas cautelares, se estableció que la FGR puede solicitar a un juez que ordene “la restricción, bloqueo de la cuenta, perfil o sitio de internet, o el aseguramiento de la información contenida en ellas” que se hayan utilizado en el cometimiento de cualquier delito informático regulado en la ley especial o cualquier otra ley.
Las reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.