miércoles , octubre 4 2023

Asamblea y Gobierno deberan argumentar su endeudamiento

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió a trámite la controversia de inconstitucionalidad relativa al decreto 763 que permite el endeudamiento municipal previo a las elecciones, que aprobó la Asamblea Legislativa y vetó la Presidencia de la República.

Referido decreto suspende temporalmente el numeral 12 del artículo 36 del Código municipal para que las alcaldías puedan adquirir créditos nacionales o internacionales y utilizar fondos municipales aún en los seis meses antes que concluya el periodo del concejo municipal y el alcalde; es decir, previo a las nuevas elecciones.

Según la disposición aprobada por el Parlamento, se fundamenta en que las alcaldías han actuado como primera línea con la población para contener el COVID-19 y se han visto afectados en sus planes de desarrollo local, ya que se impactó principalmente sus ingresos tributarios, así como por la falta de transferencia del Fondo para el Desarrollo Social (FODES).

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