Foto tomada de The San Diego Union Tribune
Mujeres mexicanas no podrán ser penalizadas por realizarse un aborto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró hoy por unanimidad que el aborto voluntario es inconstitucional en México. Por lo tanto, se despenalizará el aborto en el país y ninguna mujer podrá ser encarcelada o perseguida por realizarse un aborto de manera voluntaria.
“A partir de ahora, no se podrá, sin violar el criterio de la corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado valido este tribunal constitucional. A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, claridad y dignidad a todas las personas gestantes”, dijo el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.
La corte se encontraba debatiendo sobre la inconstitucionalidad del artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establecía una pena de prisión para una mujer que voluntariamente se practicara un aborto o a quien le realizara la práctica con el consentimiento de ella. También, sobre parte de los artículos 198 y 199 del mismo código que prohibía a personal sanitaria asistir a una mujer en un aborto y establecía un límite de 12 semanas para poder abortar en casos de violación, inseminación o implantación artificial.
Con 10 votos de 10, los ministros de la corte declararon como inconstitucionales los artículos y partes de ellos mencionados, y, por ende, sientan el precedente de que el aborto voluntario no puede ser criminalizado en México.
De acuerdo con la decisión de los ministros, si bien el producto de una gestación, es decir, un embrión y después feto, requiere de protección, esta no puede desconocer los derechos de las mujeres. “Por lo tanto, estableció el Pleno, criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional”, mencionó la SCJN en un comunicado.