La organización defensora de derechos humanos, Cristosal, afirmó que las recientes reformas a distintas legislaciones de tipo penal implican la pérdida de derechos de manera permanente sin que se necesite la figura del régimen de excepción, pues estas ya se encontrarían legalmente establecidas en las leyes reformadas.
“En su conjunto, estas reformas conllevan un regreso a modelo de proceso penal de corte inquisitivo, asumen el enfoque de ‘derecho penal del enemigo’, con el fin de obtener el mayor número de condenas sin garantías procesales y la desigualdad de la parte acusada”, mencionó la organización en un comunicado.
El director de litigio estratégico de Cristosal, Abraham Ábrego, explicó que en este modelo penal los procesos judiciales se vuelven sin garantías, independencia de jueces y sin posibilidad de tener el derecho a la defensa. “Esos derechos que tenemos, al final nos los están quitando poco a poco”, expresó.
Las personas analistas de la organización delimitaron que las reformas hechas al Código Procesal Penal y a la Ley de Telecomunicaciones son las que originan este análisis. En la primera, mencionaron, las reformas suprimieron la presunción de inocencia y el derecho a la defensa al establecer que cualquier persona detenida puede permanecer en detención provisional sin límite de tiempo claro y sin derecho a defensa, la implementación de jueces sin rostro y las condenas con testigos de referencia.
Sobre la Ley de Telecomunicaciones, las reformas obligan a los proveedores de servicios de internet a guardar datos e información de los usuarios como imágenes y documentos, registros de llamada y líneas telefónicas, bloquear aparatos celulares y permitir la geolocalización; todo podría ser compartido a la fiscalía sin autorización judicial.
Por otra parte, mencionaron que las propuestas de reforma a la Ley Contra el Crimen Organizado permiten que menores de edad sean juzgados con base a la modalidad de crimen organizado, lo cual iría en contra de lo establecido en el artículo 35 de la Constitución.
Además, posibilita los juicios colectivos, la cual es una acción utilizada frecuentemente en este régimen de excepción.
La jefa de estado de derecho y justicia, Zaira Navas, hizo referencia a los estándares establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos que no pueden ser quebrantados, pero que las reformas rompen. Por ejemplo, el artículo 8 sobre garantías judiciales en su inciso 1 especifica que toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías, en un plazo razonable y por un tribunal competente, independiente e imparcial.
“Tienen como justificación oficial la intención de erradicar a las pandillas, pero abarcan a todo tipo de imputados”, aclaró Cristosal en el comunicado.