Esta sentencia sienta un precedente importante al ser la primera vez que la Corte IDH condena a un Estado latinoamericano por violencia obstétrica.
Este día, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado de Argentina por cometer violencia obstétrica contra Cristina Brítez Arce, una mujer embarazada, quien falleció a causa de ello.
“El Estado es responsable por la violencia obstétrica y muerte de Cristina Brítez Arce, quien se encontraba embarazada al momento de su fallecimiento”, dictó el máximo organismo de derechos humanos en la región.
Brítez, madre de dos hijos, murió a la edad de 38 años y con más de 40 semanas de embarazo. Durante su embarazo ella presentó diferentes factores de riesgo “que no fueron atendidos de forma adecuada por el sistema de salud”, señaló la Corte.
El 1 de junio de 1992, a Brítez se le practicó una ecografía en Hospital Público Ramón Sardá, que resultó “indicativa de feto muerto”. Como consecuencia del resultado fue internada para inducirle el parto.
Casi una hora después de finalizado el parto, ella murió a las seis de la tarde por “paro cardio respiratorio no traumático”, según certificado de defunción.
La Corte IDH explicó que la violencia obstétrica es un tipo de violencia basada en género, que es prohibida por los tratados interamericanos de derechos humanos. Esta se expresa mayormente en un trato deshumanizado, en la denegación de tratamiento e información o intervenciones médicas forzadas contra las mujeres durante su embarazo, el parto y luego del parto, por parte los encargados de salud.
“Brítez Arce no obtuvo el tratamiento médico que requería por cuenta de su embarazo y sus factores de riesgo, ni contó con información completa sobre las posibles alternativas de tratamiento y sus implicaciones. Por el contrario, fue sometida a violencia obstétrica en circunstancias que la expusieron a un riesgo que desencadenó en su muerte”, afirmó el organismo.
La activista feminista y defensora de derechos humanos en El Salvador, Sara García, aseveró a VOCES que esta sentencia publicada el día de hoy establece un precedente importante, ya que es la primera vez que la Corte IDH condena a un Estado por violencia obstétrica a nivel de América Latine y el Caribe.
García dijo que su importancia también radica en la condena del caso de Manuela y otros vs El Salvador, en la que se responsabilizó al Estado salvadoreño por la muerte de una mujer que fue criminalizada tras sufrir una emergencia obstétrica. Según la sentencia, ella tampoco recibió la atención médica necesaria.
La Corte IDH ordenó a Argentina, como medidas de reparación, proporcionar un pago de una a los hijos de Brítez para cubrir los gatos de tratamientos psicológicos y la publicación de la sentencia.
Además, estableció como medidas de no repetición que se deberá diseñar una campaña que visibilice los derechos relacionados con el embarazo, el trabajo de parto y el posparto y las situaciones que pueden configurar casos de violencia obstétrica.