En respuesta al anuncio del presidente Nayib Bukele, la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) expresó su “oposición rotunda a cualquier intento de continuar como presidente de la república durante cinco años más, por ser una flagrante violación de la Constitución salvadoreña”.
Esto, es también “un atentado contra la forma republicana de gobierno”, dijo la organización en un comunicado.
“El señor presidente de la república debe tener claro que ni su cargo ni su popularidad, le eximen de ser respetuoso de nuestra Constitución. No hacerlo traerá consecuencias a todo el pueblo salvadoreño y a los funcionarios-as que tengan la osadía de semejante atropello constitucional”, añadió.
De igual manera hizo “un enérgico llamado” para que se “restituya la incipiente democracia que se venía moldeando, para lo cual también es necesario garantizar el respeto irrestricto de los derechos humanos.
Durante la marcha del movimiento social del pasado 15 de septiembre, miles de ciudadanos se expresaron en contra de las violaciones a los derechos humanos en el marco del régimen de excepción, así como las acciones del gobierno para fustigar a cualquier voz crítica. También cuestionaron la falta de transparencia y los indicios de corrupción.
FESPAD añadió que para la exacta comprensión de la Constitución “no se debe hacer una lectura retorcida, tergiversada, aislada o interesada como la expresada recientemente por el vicepresidente de la república, Félix Ulloa”.
Esto último referido al primer ordinal del artículo 152 mediante el cual queda establecido que no podrá ser candidato a ocupar la primera magistratura de la nación quien la haya ejercido por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial.
“Si bien en otros países sí lo está (autorizada la reelección inmediata), como los citados por el presidente Nayib Bukele como preámbulo y justificación para aspirar a otro período en el cargo, no se puede dejar de señalar que en sus normativas está regulada y reconocida tal posibilidad. En nuestra normativa; por el contrario, está expresa y reiteradamente prohibida”, argumentó FESPAD.