Por Juan de Sola, periodista español, colaborador de VOCES, experto en radio digital y comunitaria, así como fundador de la ONG BIG Radio.
Se agotaron las opciones para una familia salvadoreña que pretendía establecer su residencia en España. Llegó al país hace cinco años huyendo de una amenaza real: las pandillas en El Salvador. Después de padecer los efectos de la extorsión continuada, durante varios años, decidió poner rumbo a la península; llevar a cabo un costoso viaje transoceánico con la esperanza de encontrar refugio en otro país que le permitiese alejarse de los efectos intrínsecos de la violencia. Un valiente salto para una madre con tres hijos en el refajo.
Inicialmente, lo intento en su país de origen, pero no pudo ser. Su profesión de profesora le proporcionaba muchas satisfacciones en el aula y un salario que debía compartir “sí o sí” con una de las maras que dominaban su comunidad. De no hacerlo, sus hijos corrían el riesgo de ser secuestrados. Estas amenazas le incitaron a cambiar de municipalidad y domicilio, sin embargo, la pandilla volvió a localizarla y a extorsionarla. Son conocidos los estragos de la presencia de la ‘maras’ en el territorio nacional que, desde hace décadas, obliga a miles de personas a adoptar la amarga determinación de abandonar sus raíces y buscar mayor seguridad y una nueva oportunidad a gran distancia de casa. Una realidad denominada o conocida como inmigración. A veces con y otras sin billete de retorno.
El detonante de la huida a España fue el secuestro de los hijos de una compañera que, un buen día, se negó a pagar la cantidad mensual exigida por la pandilla. Fijó su residencia en el noroeste, en Pontevedra capital. Desde su llegada, en 2019, tramitó la conveniente solicitud de asilo por la vía administrativa con resultado negativo. Agotada esta instancia recurrió a la vía judicial. Con este paso, esta familia esperaba recibir el amparo del Estado español acogiéndose a la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Una petición que, desafortunadamente, no ha logrado prosperar a pesar de los improbos esfuerzos por conseguir una respuesta afirmativa.
Recientemente, todas sus expectativas naufragaron: el recurso de petición de asilo, presentado ante Audiencia Nacional, también había sido denegado. Los motivos alegados de inseguridad ciudadana o actividad terrorista contra el país de origen fueron considerados inválidos porque, según el tribunal español, El Salvador ya está tomando medidas y combatiendo ese problema a través de diversas políticas implementadas en los últimos años.
Además, la Audiencia Nacional recuerda que el derecho de asilo está concebido en la legislación española con el fin de proteger a personas que huyen de sus países de origen por motivos de persecución por raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, grupo social, género u orientación sexual.
Ante tal resolución, la gran incógnita se centra en saber la capacidad objetiva que posee una instancia judicial española para medir el nivel de eficiencia de unas determinadas políticas de un tercer país relacionadas con la seguridad de las personas. Dicho de otra forma: ¿cómo garantiza la vida cuando se encuentra amenazada y en serio riesgo?, ¿existe algún organismo internacional confiable para pronunciarse en estos términos?, ¿algún operador judicial ha viajado a terreno (El Salvador) para extraer una conclusión tan categórica?
Para esta familia, y es comprensible, el retorno no es una opción. Para esta madre y sus tres hijos migrar es una necesidad vital y, por tal motivo, lo seguirán intentando allí donde perciban que la seguridad y el bienestar son dos cotizados valores omnipresentes. Habrá que persistir. No desistirán en ello. Están en su derecho.